Archivo de 4 febrero, 2010

feb 04 2010

México: DOCUMENTO CENTRAL EN TORNO AL PROCESO DE DISCUSIÓN Y EJERCICIO DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2010

DOCUMENTO CENTRAL EN TORNO AL PROCESO DE DISCUSIÓN Y EJERCICIO DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2010

Objetivos:

• Insertar discurso y posición política del Partido del Trabajo en foros delegacionales de la institución legislativa local.

• Fortalecer la argumentación del Partido del Trabajo sobre el concepto de participación ciudadana.

• Desarrollar discursos y planteamientos específicos, sobre participación ciudadana

Propuesta:

• Desarrollar discursos críticos sobre el estado que guarda el concepto, la actividad, la legislación y la realidad sobre la participación ciudadana en la ciudad de México.

• La necesidad de impulsar la construcción de ciudadanía desde las instituciones.

Ideas varias:

Los ciudadanos, están sumidos en la apatía política, en la desesperanza o en el franco alejamiento de la participación por la conducta mostrada por instituciones políticas que no permiten que los ciudadanos penetrar en los grupos políticos.

Por otro lado está la ya icónica y congelada reforma política del Distrito Federal que abriría muchas puertas a los ciudadanos en cuanto a participantes de los diseños de acciones de gobierno. Y aún más se tiene inhabilitada la estructura de los comités vecinales que sería el proceso donde se movilizan las percepciones de la ciudadanía sobre sus gobiernos. Por último, las delegaciones políticas se han convertido en pequeños gobiernos en donde la visión vecinal esta segregada de las acciones que afectan, alteran o desean mejorar la habitabilidad de las personas en la ciudad.

No hay una sistematicidad en la enseñanza de la práctica ciudadana.

La participación ciudadana como teoría tiene varias propuestas; se confía en ella como generadora de democracia y como un derecho humano y el hecho de que todos los puntos de fuga de participación como los presupuestos participativos, los comités vecinales, la reforma política pero la ausencia de cabildos y una ausencia de voluntad democratizadora.

Se requiere abrir los aparatos de gobierno, local y delegacional a la participación de los ciudadanos. Esta es una de las comisiones que tienen toda la tarea por delante y está obligada a denunciar todo intento de impedir la participación de la razón ciudadana que va mucho más allá de intereses particulares.

Los avances legislativos y la construcción de los cimientos institucionales son mucho menores de lo que se esperaban dada la dotación de las oportunidades ofrecidas por los electores. Incapacitado para aproximarse la complejidad requerida entre vacíos legales, demandas de vanguardia, construcción de caminos para una idea metropolitana y, muchas veces, atado a la obediencia de la línea política del actual gobierno local, aunque muy activo en intentar la inclusión del aparato institucional de energías sociales insatisfechas que tardaron y tardarán mucho en hallar soluciones.

No se va a tratar aquí de disculpar a las tres veces mayoría parlamentaria perredista por el hecho de que la llave de una revolución legislativa en el Distrito Federal, la reforma política capitalina, se halla secuestrada por el Senado de la República con argumentos blandengues.

El imaginario cultural, al igual que el imaginario social en nuestro país ha abundado sobre una apreciación para explicarse o explicar los momentos más visibles de los movimientos históricos, los más dramáticos, donde el conflicto se torna violento. Este momento de definición se le ha llamado “parteaguas” histórico. Por ejemplo el movimiento de 1968 se considera uno de ellos. Las apreciaciones históricas tradicionales desaparecen a los actores históricos, aquellos que impulsan desde sus individualidades, desde su vida cotidiana los cambios históricos, desde la enorme concreción del anonimato, a aquello que se llama “pueblo” y que ahora se llama “la sociedad”. El 68, al igual que todos los movimientos sociales, no sólo fue la violencia del Estado contra una expresión política juvenil, fue fundamentalmente, un momento de un largísimo proceso, donde la gente, el pueblo, el ciudadano, fue un impulsor central, el cimiento del descontento ante la conducta autoritaria del Estado. Esta forma de hacer la historia, de comprenderla como una actividad de héroes, de liderazgos tiende a desaparecer al ciudadano, el sustento de los “parteaguas”, de los cismas históricos, de la Historia con mayúsculas.

Esta forma de concebir el poder, la movilidad social, el gobierno y hasta la figura estatal es también la concepción de que el ciudadano es el gobernado, en términos etimológicos, el conducido. Por eso un dicho costumbrista dice: “La historia la escriben los vencedores”. Preguntamos: ¿Y el pueblo, la gente, los ciudadanos? Gane o pierda, el pueblo, continúa haciendo su historia.

Esa cultura política va desapareciendo porque los ciudadanos, poco a poco, van transformando incluso el modo de pensar y hacer la historia, la historia que hacemos todos, la historia horizontal esa que se hace llamar democrática.

Estamos en esta cultura de crisis continuas y simultáneas, en una de las crisis legislativas más profundas de la historia parlamentaria en nuestro país. Los representantes populares han caído en la peor categoría de imagen pública. Circulan opiniones como la de desaparecer a los diputados, a los Senadores se dice que no trabajan. Es decir hay una corriente de opinión que cree que se puede prescindir de facto de uno de los órganos de equilibrio de poderes, de uno de los factores básicos para el proceso democrático en la experiencia mexicana: el sistema de partidos. Es cierto que tras de esto hay una táctica desde muy arriba que busca y logra desacreditar a las Cámaras, sobre todo ciertos medios masivos de comunicación, pero hay otra y que ayuda mucho, como las de algunos representantes, que han puesto de rodillas al Poder Legislativo.

El pueblo, la gente o los ciudadanos son quienes han realizado la presión necesaria para que los cambios sustantivos y visibles, los históricos, se den, aunque la Historia oficial no los reconozca. Ante la crisis de las instituciones hay una energía que quiere continuar con ese permanente esfuerzo creativo, la energía ciudadana. Y hay un sistema de frenado que inhibe o controla ese impulso.

Pero el problema es un asunto de conciencia. Sobre nuestra faceta ciudadana estamos conscientes de la serie de crisis, de que las Cámaras en cualquier nivel son los mecanismos de viabilidad para catalizar y concretar acciones pertinentes. Sabemos que estos órganos no han adquirido un carácter ciudadano verdadero, aunque abundan los discursos en este sentido. Y sabemos finalmente que las leyes que ahí se producen son las vías para ajustar el sistema, para conducir el sistema hacia una transición, para que el Estado de Derecho se convierte un Estado de Justicia.

El legislador debe renunciar a toda su categorización de ser una representación vertical. Debe separarse de esa caracterización y caricaturización de ignorante soberbia, de líder impuesto, de burda superioridad, de psicología dañada por una supuesta adquisición de poder, del poder de la cultura política que devastó y devasta al país.

Este sería un punto de un necesario Código de Ètica legislativa. La ciudadanización democrática penetraría en las instituciones, sobre todo las educativas. Es por eso que el monitoreo ciudadano a los representantes debe instalarse como entidad contralora en la misma Asamblea.

Estamos viviendo una época donde el proyecto democrático está en vilo y existe una generalizada sensación de malestar sobre la forma como se ha llevado a cabo el proceso de democratización. Los grupos de interés que se han insertado en los aparatos del sistema han enclaustrado el sentimiento participativo, endureciéndose su capacidad de integrar y ser un espacio que de sentido para la participación de los ciudadanos y ciudadanas. ¿Un resultado de su actividad? El abstencionismo electoral. ¿Otro? Los partidos políticos son cada vez menos representativos del sentir popular.

La ciudadanía aspira a tener instituciones que permitan la participación en el diseño de las políticas gubernamentales y la creación de condiciones para contar con espacios públicos transparentes y abiertos a mayorías y minorías. Esto implica plantearse dos grandes temas: la hipoteca que grandes empresas tienen sobre la democracia imponiendo sus condiciones y sus propios modelos de política económica y la concentración de los medios de comunicación en sus manos.

Japsun: Salud integral, curación profunda

Se deben de abrir canales de participación ciudadana efectivos, “pasar de modelos piramidales a redes sinérgicas que permitan diseñar y desarrollar políticas públicas, que luego deben ser monitoreadas y evaluadas con la sociedad civil y los ciudadanos”.

Hay temas obstruidos que requieren revitalizarse sin la intervención de las corporaciones políticas. Por ejemplo una ciudadanización real de las figuras del referéndum, la consulta ciudadana y el plebiscito como vías de participación ciudadana; los contralores ciudadanos; la situación actual y propuestas de fiscalización ciudadana; la iniciativa popular desde la ciudadanía; la asamblea ciudadana y sus posibilidades; el consejo ciudadano; el derecho de petición; las agrupaciones políticas locales en contiendas electorales; las candidaturas ciudadanas; los partidos políticos, las instituciones locales y la participación ciudadana.


No hay comentarios

feb 04 2010

México: Lineamientos para los foros delegacionales de reformas a la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal

Partido del Trabajo

Comisión Ejecutiva Estatal

Febrero 2010

Lineamientos para los foros Delegacionales de reformas a la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.

Durante décadas, los habitantes del Distrito Federal han sido excluidos de sus derechos políticos en plenitud y han sido marginados de la actividad pública de la ciudad. Anteriormente los pobladores de la capital carecían del derecho de elegir a sus representantes y a sus autoridades. La administración pública se depositaba en un Jefe de Departamento nombrado directamente por el Presidente de la República, y no existía órgano legislativo local. Este verticalismo excluyente, permeó las actividades de la sociedad y fomentó las más nefastas prácticas corporativas; acrecentando con ésto la nula participación de la ciudadanía.

En el año 1998, se realiza la primera elección de Jefe de Gobierno y la primera Asamblea Legislativa; por medio del voto libre y secreto de la ciudadanía. A partir de esa fecha se establecen diversos cambios, con el objeto de incrementar la participación ciudadana. Pero dichos cambios no son suficientes ante el corporativismo, y poder de los jefes delegacionales; quienes, fuera de obedecer o satisfacer las demandas de sus gobernados; solo lucran con el poder; para obtener un beneficio personal y familiar.

Durante este tiempo la actividad realizada por las organizaciones sociales, y organizaciones sectoriales; fue parte fundamental de la vigilancia y expresión de las demandas ciudadanas. Pero este trabajo no ha sido suficiente; ya que no han logrado una coordinación efectiva en la participación y organización de la mayor parte de la población.

Por estos motivos la Ley de Participación Ciudadana debe ser un instrumento transformador y de fomento participativo; y no un contenedor social o un instrumento de control político sobre los derechos ciudadanos; nuestra propuesta es abrir puertas a las libertades ciudadanas, no acotar sus derechos ni aumentar gravámenes a los sectores populares, ni excesivamente gravados, acotados y contenidos.

I. Órganos de representación ciudadana.

La participación ciudadana tiene como base y principio el artículo 39 constitucional que a la letra dice:

“Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. “

En complemento, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en su artículo 12 señala:

“La organización política y administrativa del Distrito Federal atenderá los siguientes principios estratégicos:

y en sus incisos;

XIII. La participación ciudadana para canalizar y conciliar la multiplicidad de intereses que se dan en la Ciudad;

XIV. La participación de los ciudadanos en los asuntos públicos de la Ciudad, en los términos que disponga este Estatuto y las leyes;”

El mismo estatuto en su artículo 22, señala:

“La participación ciudadana se desarrollará tanto en forma individual como colectiva, a tal efecto se establecerán las normas, los programas y las acciones para fomentar la organización ciudadana en torno a la discusión, análisis, investigación y elaboración de propuestas para la solución de los problemas de interés público y para el intercambio de opiniones sobre los asuntos públicos de la Ciudad en general.

La participación ciudadana contribuirá a la solución de problemas de interés general y el mejoramiento de las normas que regulan las relaciones en la comunidad, para lo que deberá considerarse, de conformidad con las leyes aplicables, la utilización de los medios para la información, la difusión, la capacitación y la educación, así como para el desarrollo de una cultura democrática de participación ciudadana.”

Con fundamento en estos artículos, para la creación, funcionamiento y organización de los Órganos de representación; deben establecerse los siguientes principios:

1. Debe ser territorial por sección electoral, distribuciones geográficas que no contravengan con la distribución por sección electoral.

2. Que el comité ejecute, proponga y convoque a toda la ciudadanía para la formación de su comité en tiempo y forma respetando su propia autonomía; por un período de tres años; con el visto bueno de las autoridades competentes.

3. Que la asamblea como el comité; sean de carácter ejecutivo vinculatorio; cercano a cada uno de los ciudadanos; para su mejor funcionamiento.

4. Una convocatoria libre e incluyente; hacia la participación de los ciudadanos, organizaciones sociales, organizaciones sectoriales y representantes de barrios y pueblos; con mayor participación, vocación, confianza y honestidad ciudadana.

5. Que la convocatoria contenga fechas y lineamientos precisos; en cuanto a integración, propuesta y registro de las planillas ciudadanas; con la supervisión del IEDF.

6. Que la votación, para la elección de los representantes, sea universal, secreta y directa.

7. Después de haber obtenido su constancia de mayoría; debe establecerse una capacitación permanente para la concientización y cumplimiento las tareas asignadas. Esta debe ser generada por los propios órganos ciudadanos.

8. Que sea presidido por un consejo administrativo; elegido por el número de votos obtenidos en la elección.

9. El órgano de representación ciudadana deberá tener como facultades:

a) Una personalidad propia y jurídica; de carácter vinculatorio con el gobierno delegacional y central.

b) Que sea autónomo e independiente.

c) Que ejerza acciones ejecutivas y fiscalizadoras ciudadanas con el gobierno delegacional y las partidas presupuestales.

d) Con reconocimiento pleno de las autoridades delegacionales y centrales; con facultades interlocutorias y toma de decisiones.

e) Que exista un reconocimiento o apoyo económico; a los ciudadanos que integren dichos comités; para el mejor desempeño de sus funciones.

f) Ejercicio pleno de sus facultades; formalizando los derechos de libre expresión y movilización; recordando que la organización ciudadana se tiene que mantener organizada, movilizada y activa.

g) Formalizar las propuestas emanadas de las movilizaciones sociales, las cuales deberán ser atendidas por las autoridades de una manera oficial y reglamentada.

Para que estos órganos con las facultades otorgadas por la nueva ley, tengan una representación real; se deben ejecutar o implementar los instrumentos de participación ciudadana (referéndum, plebiscito, etc.).

II. Planeación y presupuesto participativo.

Dentro del ámbito de la planeación y el presupuesto los comités ciudadanos; deben asumir una función ejecutiva, participativa, propositiva y de fiscalización. Para estos fines; deben otorgarse, las siguientes facultades:

1. Realizar asambleas permanentes de coordinación para plantear ante el gobierno Delegacional; la problemática de su zona de influencia; para la asignación de recursos; ordenándolas por prioridades, de acuerdo a las demandas, que mayor beneficio generen a la comunidad. La delegación deberá concertar con los órganos ciudadanos las acciones fundamentales de su gobierno.

2. Realizar diario de actividades, bitácoras, actas informativas y de acuerdos y compromisos de las actividades y asambleas realizadas. Estas acciones tendrán valor legal.

3. Los comités conocerán el presupuesto asignado por partidas presupuestales; obteniendo una copia de los mismos; y en su caso realizando una propuesta de la distribución de acuerdo a las necesidades de bienes y servicios de su comunidad; lo anterior a través del POA. El presupuesto será aprobado después del visto bueno de la representación ciudadana.

4. Vigilarán, supervisarán que se ejerza el presupuesto asignado a los programas previamente identificados y comprometidos por las autoridades delegacionales; en cuanto a su tiempo y forma. Y se establecerán los mecanismos para asegurar conjuntamente que sean cumplidos.

5. Vigilarán y supervisarán los recursos autorizados por la asamblea legislativa; blindando de esta manera que no sean desviados para otros fines. Los consejos ciudadanos serán parte, y no solo sujetos de la política y administración delegacional.

6. Participar, proponer y coadyuvar con el gobierno delegacional en el otorgamiento de licencias y uso de suelo. Dando preferencia a los programas ciudadanos. Los usos de suelo y apertura de negocios solo podrán ser autorizados con el visto bueno de los consejos.

7. Que las organizaciones sociales, organizaciones sectoriales, pueblos y barrios; deben ser parte fundamental para la ciudadanía en las decisiones ejecutivas; verificando el ejercicio de los recursos en sus demarcaciones correspondientes. Y sus derechos adquiridos durante siglos en usos y costumbres, tendrán un derecho de precedencia frente a pobladores temporales, coyunturales o de reciente ubicación.

8. Establecer un cronograma de actividades por el Jefe Delegacional a las unidades territoriales, con un período de tres meses verificando las necesidades de los ciudadanos. Y deberá verificarse y responsabilizarse de cumplir los compromisos contraídos y regularse este proceso.

III. Pueblos y barrios originarios.

Una de las características más notables de la diversidad cultural de la Ciudad de México; es la que constituyen los llamados pueblos originarios, descendientes en su mayor parte de las culturas originarias y constitutivas de la identidad de la ciudad; que se asentaron en las distintas latitudes del territorio urbano. Estos pueblos se caracterizan, por ser comunidades históricas, con una base territorial y con identidades culturales diferenciadas.

La mayoría de estos pueblos, se localizan en las delegaciones del sur y occidente del Distrito Federal: Milpa Alta, Tláhuac, Xochimilco, Tlalpan, La Magdalena Contreras y Cuajimalpa, pero existe un número también importante de éstos asentados en la mayor parte del resto de las delegaciones: Azcapotzalco, Coyoacán, Gustavo A. Madero, Venustiano Carranza, Álvaro Obregón, Iztapalapa e Iztacalco.

La problemática de la integración de los pueblos originarios en la comunidad urbana y política de la ciudad, ha sido marcada por el proceso de modernización de la ciudad. La ley de participación ciudadana, debe representar la pluralidad política, la diversidad social y cultural existente; así como regular sus formas de participación; como los señala el artículo 2 constitucional en su párrafo primero; que a la letra dice:

“La nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. “

Con base en esto deben establecerse, los siguientes puntos:

1. La propiedad de la tierra: sólo los pueblos originarios pueden decidir sobre sus tierras ancestrales. Los gobiernos locales no podrán expropiar, modificar usos de suelo en contra del uso tradicional y sin aprobación de los consejos.

2. Los comités vigilarán y auspiciarán; que los pueblos y barrios tengan el apoyo suficiente para conservar su cultura, usos, costumbres y tradiciones para no perder su identidad.

3. Deberán inculcar la importancia de la democracia participativa; la importancia de constituirse en un poder popular con decisiones de gobierno; con el fin que se identifiquen como ciudadanos plenos y como sujeto social y político en todo su derecho natural y constitucional.

4. Crear una coordinación efectiva con la delegación para la celebración de sus festividades; y esta deberá contar con una regulación.

Japsun: Salud integral, curación profunda

5. Respetar la estructura de organización de los pueblos y barrios; manteniendo su autonomía, usos y costumbres.

6. Conservación de su lengua; mediante la difusión (periódico; radio, televisión), de la misma.

7. Respeto a la administración de su patrimonio físico (parques, kiosco. jardines, panteones; etc.). Sólo podrán ser modificado con su aprobación.

8. Será de carácter ejecutivo participar, con el gobierno delegacional en el otorgamiento de licencias mercantiles, uso de suelo y de distinto tipo. Que no contravengan con los derechos, usos y costumbres de los pueblos y barrios.

9. Respetar los monumentos y murales de los pueblos originarios, asignándole un presupuesto para su mantenimiento y conservación.

10. Presupuestar recursos para obra pública que respete la visión arquitectónica de sus habitantes; aprovechando los avances de la tecnología.

11. Presupuestar recursos con orientación de su cultura para la promoción de artes y oficios originarios.

IV. Experiencias de participación.

1. Las autoridades delegacionales, centrales y partidistas cooptaron a los comités vecinales y en su desarrollo, previamente constituidas; dejándolos en la indefensión; solo si accedían a ser parte de la delegación o partido político. En el gobierno. Siendo lo anterior, una más de las simulaciones que se la han hecho a la ciudadanía.

2. Entender los intereses de sector, clase y género; para darle un mecanismo de interés real, en la participación de los comités vecinales para ejercer sus derechos y se apliquen con eficacia sus derechos y obligaciones.

3. Que la organización no se convierta en un contenedor social. Si no que, sea un sujeto social, transformador, que no sirva como controlador político y que ejerza los derechos ciudadanos; con el fin de transformar a la sociedad, a través de la movilización social.


No hay comentarios