México: Diputados discuten violaciones a los derechos humanos contra trabajadores y sindicatos

Unión Nacional de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera, AC (UNTCIP) y la Ing. Silvia Ramos Luna informan:

DOCUMENTO PRESENTADO EN LA SESIÓN DEL PARLAMENTO DE DERECHOS HUMANOS EFECTUADA EN EL AUDITORIO SUR DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, EL 29 DE OCTUBRE DE 2009.

El 10 de octubre del año en curso alrededor de las 22:45 hrs., agentes de la Policía Federal Preventiva tomaron por asalto las instalaciones de Luz y Fuerza del Centro (LyFC) ubicadas en la Zonametropolitana del Valle de México, Hidalgo, Puebla y Morelos. Al día siguiente, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que declara la extinción de LyFC.

Está es una acción absolutamente arbitraria, ilegal, inconstitucional y violatoria de los derechos laborales y humanos de los Trabajadores.

Primero: Estaban vigentes un convenio de productividad y un contrato colectivo de trabajo (CCT) producto de una negociación periódica avalada tanto por la empresa como por las autoridades hacendarias, de energía y de trabajo. No había emplazamiento a huelga ni amenaza de los trabajadores de atentar contra las instalaciones, por lo que no existe ninguna justificación legal.

Segundo: el Art. 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que es facultad del Poder Legislativo legislar sobre energía eléctrica. Además, el artículo 15 de la Ley Federalpara las Entidades Paraestatales, indica que en la extinción de un organismo descentralizado deberán observarse las mismas formalidades establecidas para su creación y el Decreto publicado en el DOF del 9 de febrero de 1994 que creó a LyFC, fue en cumplimiento del mandato dado al Ejecutivo Federal por el Congreso en la reforma a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, publicada en el DOF del 27 de diciembre de 1989, por lo que, el cumplimiento de las formalidades para su extinción, exige que el decreto respectivo, provenga de un mandato de Ley aprobada por el Congreso. Por lo anterior, el decreto de Calderón es anticonstitucional, pues debió solicitar al Poder Legislativo emitir el decreto de extinción de LyFC, por lo que invadió la esfera de competencia del Legislativo y por lo tanto, el Congreso, en una elemental defensa de su soberanía, debe presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una Controversia que les permita sancionar el avasallamiento de que fueron objeto, por parte de Calderón. Esperamos que los diputados respondan con dignidad a los agravios del Ejecutivo y presenten la Controversia Constitucional.

Tercero: la Ley Federal del Trabajo (LFT) en el Artículo 434 establece las siguientes causas de terminación de las relaciones de trabajo

I. La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos;

Il. La incosteabilidad notoria y manifiesta de la explotación;

Ill. El agotamiento de la materia objeto de una industria extractiva;

IV. Los casos del articulo 38 (que se refiere a las minas); y

V. El concurso o la quiebra legalmente declarado, si la autoridad competente o los acreedores resuelven el cierre definitivo de la empresa o la reducción definitiva de sus trabajos.

Como podemos, ver ninguna de ellas aplica en el caso de LyFC. Respecto a la causa l, no ha habido ningún temblor ni fenómeno natural alguno que lo justifique, por el contrario, durante los sismos del 85, los trabajadores de LyFC con gran eficiencia restablecieron la energía en pocos dias y, pues aunque es evidente la incapacidad del gobierno que padecemos, la empresa es propiedad de la nación, no del gobierno.

La causa ll, es fácilmente impugnable, pues las empresas paraestatales no tienen entre sus funciones ser rentables desde el punto de vista de la explotación capitalista, sino ser eficientes y en el caso de LyFC satisfacer las necesidades de energía eléctrica de la población, por lo que no pueden “quebrar” y por lo tanto no aplica tampoco la causa V.

La causa lll, tampoco aplica porque no es una industria extractiva y porque la materia de trabajo subsiste, ya que la necesidad de tener energía eléctrica en las ciudades no se ha terminado y la causa lV es para las minas, por lo que tampoco es aplicable.

Además el artículo 435 de la LFT, establece que para dar por terminadas las relaciones laborales la empresa deberá obtener autorización de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, cosa que el gobierno no hizo, violando los derechos laborales de los trabajadores.

Cuarto: El gobierno tomó las instalaciones violentamente y despidió de facto a los trabajadores antes del decreto presidencial, dejando sin empleo a 44,000 trabajadores violando sus derechos humanos, el derecho al trabajo entre otros. Además está ofreciendo una compensación adicional a quienes accedan voluntariamente a recibir su indemnización antes del 14 de noviembre, lo que significa una violación a la Constitución que en su artículo 126 establece “No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto o determinado por ley posterior”, obviamente la erogación de esa compensación no está prevista en el presupuesto federal del año 2009.

Para justificar la agresión al Sindicato Mexicanos de Electricistas (SME), el gobierno desató una terrible campaña de odio en su contra, que contó obviamente con los principales medios de comunicación, desde la última huelga de la UNAM, no habíamos visto tanta saña, tanta animadversión, tanta mentira. Argumentaron “comprobada ineficiencia operativa y financiera del organismo descentralizado en cuestión”, siendo responsabilidad absoluta del gobierno la administración de la empresa, es una autocalificación que aceptamos. Uno de sus más socorridos argumentos fue que la empresa era onerosa para el gobierno por culpa de los altos ingresos de los trabajadores, cuando se supo que los altos costos eran porque LyFC compra a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) la electricidad A 1.50 $/Kw, y lo vende en 1.18$/Kw y que muchas instalaciones del gobierno (los pinos entre otros) y grandes corporativos no pagan la luz y que en promedio los trabajadores ganan 6,000.00 se les empezó a caer el teatro.

No lograron su objetivo de que la población se pusiera en contra del SME, pues a pesar de haber descargado toda la fuerza del estado sobre ellos, al menos 500,000 personas, sindicalistas en su mayoría, marchamos el 15 de octubre para exigir respeto a la Constitución y a los derechos laborales de los trabajadores electricistas.

No somos ingenuos, sabemos que detrás de la desaparición de LyFC está la intención de destruir a un sindicato que por su capacidad de lucha sería un valuarte en contra de la imposición de una nueva Ley Federal del Trabajo contraria a los interese de los trabajadores. Está el negocio de la fibra óptica que quieren televisa y otros consorcios consentidos del régimen, está la privatización del sector eléctrico que ha avanzado en los últimos años hasta llegar a ser más de 40% la generación de electricidad por parte de empresas transnacionales, violando impunemente la Constitución. Pero sobre todo, está la intención del gobierno de darnos un escarmiento a los trabajadores para que sepamos que han recurrido al fascismo, para tratar de sostener un régimen que se tambalea desde su origen ilegítimo, ante la grave corrupción, ineficiencia, entreguismo y falta de patriotismo, para que nos de miedo defender nuestros derechos, para que aceptemos morirnos de hambre y ver a nuestros hijos esclavos, no lo lograran, porque estamos convencidos que otro mundo mejor es posible y estamos dispuestos a luchar por un futuro mejor para nuestros hijos. Los fascistas no pasarán, porque trabajadores y pueblo unidos vamos a luchar para impedirlo hasta morir si es preciso, pues como decía Flores Magón“El abismo no nos detiene: el agua es más bella despeñándose”, y “Si morimos, moriremos como soles: despidiendo luz”.

POR UNA INDUSTRIA PETROLERA INTEGRADA Y NACIONAL

LAS HUELGAS DE CANANEA

DOCUMENTO PRESENTADO EN LA SESIÓN DEL PARLAMENTO DE DERECHOS HUMANOS EFECTUADA EN EL AUDITORIO SUR DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2009.

El 1° de junio de 1906 estalló la huelga en la empresa norteamericana The Cananea Consolidated Cooper Company que explotaba las minas de cobre en Cananea, sonora. Las demandas principales eran sueldo mínimo de cinco pesos, con ocho horas de trabajo y mejores condiciones de trabajao. William Green, gerente de la empresa, en lugar de resolver el conflicto, se preparo para atacar por la fuerza a los huelguistas. Armó a sus trabajadores norteamericanos y pidió refuerzos a las autoridades del otro lado de la frontera, las que no tardaron en enviarle parque y fusiles. En las primeras horas de la tarde se organizó una manifestación en la que participaron unos tres mil trabajadores, que desfilaron por las calles de la población y se dirigieron hasta la maderería de la Cananea Cooper para invitar a los obreros que todavía trabajaban a que se les unieran al movimiento, cosa que éstos hicieron inmediatamente, provocando este hecho la ira de los jefes norteamericanos. Los hermanos Metcalf, desde un balcón arrojaron agua con una manguera sobre los manifestantes, quienes respondieron con una lluvia de piedras. y la contrarrespuesta fue un tiro que mató instantáneamente a un obrero. Se desencadenó entonces la lucha y los hermanos Metcalf y diez trabajadores resultaron muertos en el primer encuentro. La lucha se reanudó en más de una ocasión durante ese día y el siguiente.

León Díaz Cárdenas, en su libro «Cananea primer brote del sindicalismo en México», describe así aquella lucha: «Los obreros, indignados, no podían repeler la agresión. Inermes, contestaban a los disparos con maldiciones y con piedras, trabándose una lucha desesperada y desigual, como que de un lado estaban el gobernador de Estado de Sonora -mexicano-, Rafael Izábal, que, como es de suponer, estaba de parte de los patronos norteamericanos, que había llegado a Cananea con cerca de cien hombres armados, las autoridades locales, los empleados extranjeros de la compañía y 275 soldados norteamericanos, que llegaron al mando del coronel Rining, que había cruzado la frontera a petición del propio gobernador Izábal, del otro lado estaban los cinco mil trabajadores de las minas de cobre.

Hubo un tercer combate en el que nuevamente ofrendaron su vida los trabajadores, y, finalmente, éstos perdieron, sometidos por las armas. Las cárceles se llenaron de huelguistas, los dirigentes fueron condenados a sufrir quince años de prisión en el castillo de San Juan de Ulúa, la espantosa cárcel donde el porfirismo enterraba a sus víctimas.”

La huelga de Cananea fue el primer suceso de importancia capital en las luchas obrero-patronales, tanto por los ideales que se manifestaban en el proletariado, ideales de innegable esencia libertaria y anarquista, como por sus consecuencias inmediatas y la influencia que posteriormente había de tener en el desarrollo del movimiento obrero mexicano.

El 30 de julio de 2007 La sección 65 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, inició una huelga en la empresa Mexicana de Cananea, propiedad del Grupo México de Germán Feliciano Larrea, por incumplimiento del Contrato Colectivo de Trabajo y por el mejoramiento de las condiciones de higiene y seguridad. El 7 de agosto de 2007 La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) declara inexistente la huelga, pero en diciembre, el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo determina la legalidad de la huelga en la mina. Ese mismo día, 9 de diciembre de 2008, la JFCA número 10 declaró inexistente la huelga y exhortó a los mineros regresar a trabajar en 24 horas y, al día siguiente, 10 de enero de 2008, a las 5:24 de la mañana llegaron a la mina ocho camiones con tropas del Ejército y la Policía Federal Preventiva. En los tres principales accesos de la mina los trabajadores de guardia se daban ánimos para no rendirse y se alentaban para defender sus derechos. Pasadas las 7 horas llegaron también camionetas de la policía estatal investigadora y de Seguridad Pública. Las fuerzas sumaban casi 800 elementos, quienes se reunieron en la Casa de la Cultura, a unas cuadras de la principal entrada del socavón.

A las 10 de la mañana ocurrió la primera embestida. Los mineros no pudieron mantener el control de la puerta uno, ante la agresión con gases lacrimógenos, balas de goma y toletes. “Llegaron repartiendo golpes”, denunció en ese momento Sergio Tolano Lizárraga, el Secretario General de la Sección, quien en las siguientes horas confirmó la caída de una de las tres puertas de la mina, además de las áreas de producción y almacenamiento.

A la 13:40 horas se generó el enfrentamiento más violento. Tolano Lizárraga llamó a sus compañeros a retirarse de la mina y reunirse en las oficinas del sindicato, a unas cuadras del lugar, para analizar las acciones que seguirían, mientras, la mina fue ocupada por el ejército y la policía. El desalojo dejó un saldo de 40 mineros heridos –cinco requirieron hospitalización–; cinco detenidos, quienes fueron liberados a las 17 horas, e igual número de desaparecidos, incluida la esposa de un obrero.

Un día después, el 11 de enero, el juez sexto de distrito en materia de trabajo, otorgó al Sindicato Minero, la suspensión provisional derivada del juicio de amparo que el gremio promovió contra la resolución de la JFCA de declarar inexistente la huelga y Diez días después (el 22 de enero), otorgó la suspensión definitiva.

Las fuerzas represivas, se mantuvieron dentro de la mina, permitiendo la entrada de los esquiroles que iniciaron algunos trabajos. Los trabajadores no entraron a sacarlos por la evidente desventaja de su desarmada resistencia, sin embargo, establecieron un cerco externo que impidió la entrada de alimentos y otros recursos a quienes se encontraban en el interior, lo que Logró el retiro de la PFP y demás cuerpos represivos, lo que a su vez impidió el regreso de los esquiroles, siendo retomada la mina por los trabajadores en la que mantienen las banderas de huelga hasta la fecha.

El 7 de enero de 2009, El juzgado quinto en materia de trabajo del Distrito Federal concedió un amparo definitivo a la huelga de Minera de Cananea, pero el 24 de marzo de 2009 Mexicana de Cananea anuncia a la JFCA que termina la relación individual y colectiva de trabajo con sus trabajadores sindicalizados y el 14 de abril de 2009 La JFCA resolvió la terminación de relación colectiva e individual de trabajo en la mina de Cananea. Los trabajadores se ampararon y el 24 de abril, el Juez Segundo de Distrito en Materia Laboral, otorgó la Suspensión definitiva para que no se ejecute ese ilegal laudo, por lo que la huelga sigue vigente y los trabajadores en espera de una solución a su justa lucha.

Las dos huelgas de cananea, a pesar de los 100 años de distancia que hay entre ellas, presentan enormes similitudes. La violación flagrante a los derechos laborales y humanos de los trabajadores por parte de la empresa, el contubernio descarado de las autoridades, el uso de los cuerpos represivos y de los medios de comunicación, la impunidad de los dueños de la mina y el castigo a los trabajadores.

La extinción de Luz y Fuerza del Centro, violando Flagrantemente el Marco de Derecho, las huelgas mineras en Cananea, Sombrerete y Taxco y las luchas decenas de organizaciones por el respeto sus derechos laborales y humanos, nos remontan a los años del porfirismo, en los que se prohibían las huelgas, se obligaba a los trabajadores a laborar durante horarios extenuantes y sin prestaciones, se atacaba a los defensores de los derechos laborales sobre todo a los Magonistas y Anarquistas y se encarcelaba y asesinaba a quienes se oponían al injusto Estado de Derecho. Actualmente, una gran cantidad de trabajadores se encuentran en el desempleo, el subempleo o en la economía informal, el 90% de los sindicatos, son Sindicatos de Protección, o sea sindicatos que firman con los patrones contratos favorables a ellos, sin que los trabajadores sepan siquiera que tienen sindicato y el outsourcing, impide a los jóvenes que ingresan al mercado laboral, tener sindicato, prestaciones y el derecho a su jubilación. Cada vez más sindicatos han eliminado de sus Contratos Colectivos de Trabajo el derecho a las jubilaciones de los trabajadores de nuevo ingreso y se ha incrementado el período de trabajo a 35 o más años. En el caso de los burócratas, se les impuso una ley retroactiva que afecta a todos los trabajadores, no solo a los de nuevo ingreso y a pesar de los miles de amparos que se presentaron, no se logró detener esa flagrante violación al Marco de Derecho vigente.

Hoy, cobran vigencia las palabras de Ricardo Flores Magón del 3 de septiembre de 1910 “Tened en cuenta, obreros, que sois los únicos productores de la riqueza. Casas, palacios, ferrocarriles, barcos, fábricas, campos cultivados, todo, absolutamente todo está hecho por vuestras manos creadoras y, sin embargo, de todo carecéis. Tejéis las telas, y andáis casi desnudos; cosecháis el grano, y apenas tenéis un miserable mendrugo que llevar a la familia; edificáis casas y palacios, y habitáis covachas y desvanes: los metales que arrancáis de la tierra sólo sirven para hacer más poderosos a vuestros amos, y, por lo mismo, más pesada y más dura vuestra cadena. Mientras más producís, más pobres sois y menos libres, por la sencilla razón de que hacéis a vuestros señores más ricos y más libres, porque la libertad política sólo aprovecha a los ricos”. Hoy, 100 años después, exigimos respeto a los Derechos Humanos y Laborales de los trabajadores, solución a todas las huelgas, la derogación del decreto que extingue a Luz y Fuerza del Centro, la libertad de todos los presos políticos del país, alto a la represión, no al aumento de los energéticos, alimentos y medicinas, no a la Reforma Energética de segunda generación, que pretende la privatización completa de PEMEX, organicémonos para cambiar el rumbo de nuestro país, pues sin justicia social no habrá paz. Nosotros SEGUIREMOS LUCHANDO PORQUE SOÑAMOS, CREEMOS, ESTAMOS CONVENCIDOS QUE OTRO PEMEX ES POSIBLE, OTRO MÉXICO ES POSIBLE, OTRO MUNDO MEJOR ES POSIBLE.

¡POR UNA INDUSTRIA PETROLERA INTEGRADA Y NACIONAL!

Ing. Silvia Ramos Luna

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